[201-1]Royalties

Repaso de más de US$ 513 mi.

En 2017, la Itaipu contabilizó el repaso de más de US$ 513 millones para los gobiernos de Brasil y de Paraguay a título de pago de royalties. El pago de la compensación financiera por la utilización del potencial hidráulico de Rio Paraná es previsto en el Tratado de Itaipu. La revisión de las bases financieras y de prestación de servicios de electricidad de la Itaipu, que constan del Adjunto C del Tratado e incluyen aspectos referentes a los royalties, está prevista para 2023 cuando el acuerdo completará 50 años. Por ese motivo, es considerado uno de los temas de alta relevancia para la Empresa y para las Altas Partes Contratantes, la República Federativa de Brasil y la República de Paraguay en la posible construcción de un nuevo dibujo del sector eléctrico de los dos países, y en la conciliación de intereses igualitarios donde prevalecen la justicia y el diálogo diplomático.

Los royalties de Itaipu empezaron a ser pagados con el inicio de la comercialización de energía generada por la usina, en marzo de 1985. El pago es calculado en función de la energía generada en el mes e impartido igualitariamente entre Brasil y Paraguay. Cada país tiene su propia legislación que reglamenta la distribución y utilización interna de este recurso. En Brasil, la Unión recibe y redistribuye los royalties mediante legislación federal que establece los criterios de distribución de los valores entre los municipios, estados y organismos federales, permitiendo que los royalties sean aplicados en salud, educación y seguridad, entre otros sectores. Es vedada su aplicación en la nómina del cuadro de personal de los municipios beneficiados.

¿Cómo funciona?

Los royalties son calculados en función de la energía generada en el mes. La Itaipu hace dos repasos mensuales al Tesoro Nacional. En Brasil, cabe a la Agencia Nacional de Energía Eléctrica (Aneel) calcular los valores a ser repasados por la Unión a cada uno de los beneficiados, conforme la legislación federal.

Reciben royalties 16 municipios conlidantes (15 paranaenses y 1 sul-mato- grossense), proporcionalmente a el área inundada; los estados de Paraná y Mato Grosso do Sul; y los estados y municipios e indirectamente alcanzados, localizados a montante de la usina. También tienen derecho a un porcentual sobre los royalties de la Itaipu el Ministerio del Medio Ambiente, el Ministerio de Minas y Energía y el Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico.