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Institucional
Aclaración de la Dirección Financiera sobre el PREGÓN NA0211-12
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01/06/2012

La Dirección Financiera, a través de la Superintendencia de Compras, realiza rutinariamente los procesos de adquisiciones de la Entidad por medio de modalidades establecidas en la Norma General de Licitación (NGL) aprobada por el Consejo de Administración de Itaipu.

En la NGL figura la modalidad de Pregón, que entre sus principales características cuenta con la agilidad en el proceso de contratación, cortando una serie de trámites y agilizando otros, de tal forma a que la entidad pueda contar con un servicio, o bien, en el tiempo requerido.

A esta modalidad se imputa injustamente, la reducción de precios en la fase de disputa de lances, pudiendo resultardicen - en valores impracticables.

La adecuada elaboración de las Especificaciones Técnicas; la planilla de precios, que debe identificar claramente el servicio a ser medido, cantidad y unidades de medida; la perfecta fiscalización de los contratos y el registro de los incumplimientos son los elementos que redundan en el éxito de las contrataciones, pues restringen, dentro de un marco bien definido, a las mejores ofertas y proveedores.

No se puede, entonces, injustamente culpar a una excelente modalidad de contratación que redunda en claros beneficios para el bien público, para simplemente esconder deficiencias de estadios previos.

El proceso “NA0211-12 - Servicios de Limpieza de la ITAIPU – MD” fue objeto de la modalidad PREGÓN (proceso todavía en ejecución), distribuido en 4 (cuatro) Lotes e iniciado el 22.05.2012.
Quince empresas comparecieron para participar de la licitación. Se registraron interrupciones diversas para el análisis de las ofertas. También hubo manifestaciones de numerosas personas, miembros y no miembros de sindicatos, generando en el seno de la ITAIPU dudas con las cuales, en nombre de la transparencia y visando una buena contratación, no podríamos convivir y permitir la continuidad del proceso sin antes elucidar las dudas levantadas.

Por los motivos expuestos, procedimos a declarar un cuarto intermedio en el proceso del Pregón, cuya motivación fue aclarada en la sesión pública y ratificada por Notas encaminadas a todas las empresas participantes. A continuación, transcribimos una de ellas.

 

E.CO_.DF_.21550.12%20-%20CATELLA.pdf